SANTO DOMINGO. La Cámara de Diputados aprobó, en primera lectura, la modificación al Código Procesal Penal, legislación a las que se le cambian 75 artículos, para adecuarlo a la realidad que vive la sociedad dominicana, ante el auge de la criminalidad.
La iniciativa fue aprobada a unanimidad con 129 votos a favor.
Dentro de los cambios se eleva a tres años el máximo de la pena imponible de privación de libertad para aplicar el criterio de oportunidad por parte del Ministerio Público; se trasladan a acción pública los golpes y heridas provocados por violencia intrafamiliar; también se trasladan de acción pública a instancia privada la invasión y ocupación de propiedad, así como la falsedad de cheques.
Se amplía el plazo de la prisión preventiva a 36 meses en los casos declarados complejos; se amplía el rango para los investigadores bajo reserva para casos cuya pena imponible sea igual o mayor a tres años, y amplía el de reserva de identidad a 18 meses.
Se amplía a 10 días el plazo para contestar el recurso de apelación ordinario y a 20 días el plazo para presentar el recurso de apelación de sentencia y a 10 días la contestación dal recurso de apelación de las sentencias y se faculta al Ministerio Público para capturar al condenado y remitirlo al juez de ejecución de la pena.
La iniciativa fue aprobada a unanimidad con 129 votos a favor.
Dentro de los cambios se eleva a tres años el máximo de la pena imponible de privación de libertad para aplicar el criterio de oportunidad por parte del Ministerio Público; se trasladan a acción pública los golpes y heridas provocados por violencia intrafamiliar; también se trasladan de acción pública a instancia privada la invasión y ocupación de propiedad, así como la falsedad de cheques.
Se amplía el plazo de la prisión preventiva a 36 meses en los casos declarados complejos; se amplía el rango para los investigadores bajo reserva para casos cuya pena imponible sea igual o mayor a tres años, y amplía el de reserva de identidad a 18 meses.
Se amplía a 10 días el plazo para contestar el recurso de apelación ordinario y a 20 días el plazo para presentar el recurso de apelación de sentencia y a 10 días la contestación dal recurso de apelación de las sentencias y se faculta al Ministerio Público para capturar al condenado y remitirlo al juez de ejecución de la pena.
Fuente: diariolibre.com
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