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miércoles, 23 de noviembre de 2011

PN sancionará agentes que no asistan mujeres víctimas de violencia

José Armando Polanco Gómez.
El jefe de la Policía Nacional, mayor general José Armando Polanco Gómez, anuncio el fortalecimiento de las acciones que ejecuta esa institución con el objetivo de brindar mayor apoyo y protección a las mujeres víctimas de algún maltrato.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El jefe de la Policía Nacional, mayor general José Armando Polanco Gómez, anunció este miércoles el fortalecimiento de las acciones que ejecuta esa institución con el objetivo de brindar mayor apoyo y protección a las mujeres víctimas de algún maltrato.
En tal sentido, el mayor general Polanco Gómez, instruyó a los Directores Centrales, Regionales, de Áreas, Comandantes de Departamentos y Destacamentos e Inspectores, para que cumplan al pie de la letra el artículo 91 de la Ley 76-02, que instituye el Código Procesal Penal Dominicano y lo que establece la Ley 24-97, que sanciona la violencia contra la mujer e intrafamiliar. Mediante el memorando 42541.
El jefe policial instruyó para que cuantas veces una mujer, sin importar edad, raza, estatus social o económico, se presente a cualquier dotación de la Policía a denunciar que ha sido objeto de agresión, maltrato o amenaza que ponga en peligro la vida o su integridad, los agentes deberán recibirles las denuncias, prestarle la debida protección y tramitar el acta levantada, sin demora.
Además, les ordena comunicar la situación de inmediato a los representantes del Ministerio Público y sus superiores, para llevar a cabo cualquier acción dentro del marco de la ley, que tienda a la preservación de la integridad física de la denunciante.
“Esta medida se enmarca dentro del fortalecimiento de la política de protección a la mujer y la familia que lleva a cabo está Jefatura”, precisó el jefe policial.
Advierte, empero, que el no cumplimiento de la presente instrucción conllevará castigos conforme “a nuestros reglamentos vigentes, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad que pueda recaer sobre quien se determine no haya actuado conforme a esta disposición  y las leyes de la materia.

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