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lunes, 11 de julio de 2011

SCJ ordena conocer caso Bahía de Las Águilas

SANTO DOMINGO. La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó desapoderar por razones de competencia al Tribunal Superior de Tierras, Departamento Central, para conocer de la litis sobre derecho registrado correspondiente a cientos de miles de metros de terrenos expropiados en Bahía de Las Águilas, zona turística ubicada en el municipio de Enriquillo.

El conflicto jurídico es atinente a 24 parcelas de las cuales distintos sectores reclaman tener un derecho de propiedad registrado y que la Procuraduría General de la República busca declarar su nulidad.
La Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la SCJ rechazó el recurso de casación interpuesto por Aguila Dominico-Internacional, S.A., Alquimia del Este, S.A. y Meadowland Dominicana, S.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central el 22 de abril de 2005.
Considera que el examen de la sentencia impugnada pone de manifiesto que la misma contiene motivos suficientes y pertinentes que permitan a la SCJ verificar la correcta aplicación de la ley, razón por la cual los medios examinados carecen de fundamento y deben ser desestimados.
En cuanto a la solicitud de fusionar los demás recursos de casación interpuestos en contra del mismo fallo, el tribunal consideró que no procede acogerlo, “porque esta Corte ha fallado todos los recursos anteriores y únicamente se encontraba pendiente de fallo el expediente a que se contrae la presente decisión”.
Anteriormente, el tribunal desestimó los recursos de casación interpuestos por José Luis Guzmán Bencosme, Gilberto José, Miguel Nelson Fernández Mancebo, Mantenimientos y Servicios Fernández, C. por A., Aquilino Antonio Méndez, Manuel Carvajal, Antonio Félix Pérez y Manuel Carvajal, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central el 22 de abril de 2005.
Consideró improcedente, mal fundado y falto de base legal, las conclusiones incidentales sobre la inadmisión de demanda por falta de calidad y excepción de incompetencia del Tribunal de Tierras por mal apoderamiento, formuladas por las partes envueltas en la litis.
La SCJ argumentó que los mismos solicitan declarar inadmisible el recurso de casación, alegando la irregularidad de los emplazamientos porque sólo fueron notificados algunos de los recurridos.

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